sabeis que la junta ha puesto zonas al espigon donde no se puede pescar
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espigonerototal
Rosado
6 participantes
zonas de pesca prohibida en el espigon de huelva segun medio anbiente
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hola a todos soy nuevo en esto del chat pero no en la pesca
sabeis que la junta ha puesto zonas al espigon donde no se puede pescar
sabeis que la junta ha puesto zonas al espigon donde no se puede pescar
Invitado- Invitado
pues no sé nada ,pero si es cierto seguramente será en las zonas que mas se cogen ,seguro...ya pa jodernos no saben que van hacer ...
saludos.
saludos.
Invitado- Invitado
pues yo soy el dueño del espigon y os dejo pescar en todos laos jejejejejeje eaaa y k se joa la junta y medio ambiente
Invitado- Invitado
muxas gracias siroko jejejejee
Invitado- Invitado
bueno os comento k de momento no tengo ninguna noticia de prohibicion de pesca alli pero estare atento y me pondre a investigar...ya os dare noticias
Invitado- Invitado
yo e escuchado a dos hombres mayores hoy discutir sobre algo de eso y hablaban sobre la zona de los embalses por el rio,yo tampoco se nada con seguridad. esperaremos noticias mas certeras.
un saludo
un saludo
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dicen que cuando vas a sacar el permiso de pesca te da unos folios y una fotografia de el espigon via satelite donde te marcan las zana proivida en rojo haber si la consigo
Invitado- Invitado
venga cruzcampo seri muy interesante tener esa informacion
Invitado- Invitado
pues yo me la tengo que sacar haber si me informo
saludos
saludos
Invitado- Invitado
haber si la consigo por algun clud
si quereis perguntar algo yo contesto a todo
si quereis perguntar algo yo contesto a todo
Invitado- Invitado
Es muy posible que sea la zona de los envalses que estan en obras o la playa del principio que tiene mas basura que el resto del espigon,me imagino...
Invitado- Invitado
Aqui os pongo la normativa que regula la Pesca marítima de recreo en los parajes protegidos del litoral onubense.
REGULACIÓN PARA LA PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN LOS ESPACIOS NATURALES
PROTEGIDOS DEL LITORAL OCCIDENTAL ONUBENSE. ABRIL 2009.
/1.- Paraje Natural Marismas del Odiel./
La pesca deportiva se considera un uso lúdico compatible con la
conservación de los recursos que por su magnitud no supone una amenaza a
las especies. El ejercicio de la misma permite el disfrute del medio
compatible con la regulación normativa del espacio natural* . En
consecuencia se permite a los titulares de LICENCIA DE PESCA MARÍTIMA DE
RECREO en vigor, practicar la pesca deportiva en el interior del Paraje
Natural Marismas del Odiel,* _condicionado al cumplimientos de la
normativa básica del espacio natural establecida en el Decreto 169/1990
de 5 de junio, por el que se publica el Plan Rector de Uso y Gestión del
Paraje Natural Marismas del Odiel _
1.- El acceso a los lugares de pesca se realizará sólo por las *zonas
abiertas al público, respetando la señalización del Paraje Natural*
(art. 2.1.ñ), Autoridad Portuaria y Dirección General de Sostenibilidad
de la Costa y del Mar. (La carretera del espigón presenta dificultades
de tránsito y aparcamiento, y por tanto, deberán cumplirse estrictamente
las normas de circulación vial).
2.- El ejercicio de la pesca se *limita exclusivamente* a las zonas
marcadas como viables en la cartografía del Paraje Natural y siempre que
el acceso sea permitido.
3.- En el Paraje Natural Marismas del Odiel, *se pescará* desde el Dique
Juan Carlos I y playa del Dique (prevaleciendo el uso de bañistas), así
como en la Zona de Cabeza Alta y en el Puntal del Muelle de Tharsis,
excluyendo el muelle. Quedan excluidas igualmente las orillas del la Ría
del Odiel, situadas entre la isla de saltes y la última balsa de
Dragados, incluida la misma, por afecciones al Dominio Público
Portuario, (en esta zona se estará en lo dispuesto por la Autoridad
Portuaria).
En la zona de Cabeza Alta se desplazarán hasta la orilla de la Playa por
los senderos señalizados a tal efecto.
Se pescará siempre hacia el mar, *_nunca en las orillas de la laguna
interior que queda entre la carretera y el gancho arenoso_*_,_
debiéndose respetar las señalizaciones de zonas prohibidas.
4.- La pesca desde embarcación sólo se permite en la Ría de Punta Umbría
y Canal del Burro, asimismo *queda expresamente prohibida* en:
Canal del Chate, Cajavías, Canal de Calatilla-Bacuta, La Mojarrera, Las
Madres, Estero del Colmenar, Río de Aljaraque, en la desembocadura de
los caños de la Isla Saltés hacia la ría de Punta Umbría y el Manto, así
como, en la Laguna Litoral, entre la “Isla de los Pájaros” y “Cabeza Alta”.
5.- *Queda expresamente prohibida* la pesca en los puentes del Burro,
Calatilla, Corrales y del carril bici/peatonal que cruza sobre la unión
del Estero del Colmenar con el Río Aljaraque.
6.- *Se prohíbe* acampar o permanecer estacionado pernoctando con
caravanas dentro del espacio natural protegido (P. R. de Uso y Gestión y
Ley 2/89 por la que se aprueba el Inventario de los Espacios Naturales
de Andalucía y se establecen mediadas adicionales para su protección) y
Decreto 164/2003 de 16 de junio de ordenación de los campamentos de turismo.
7.- El desarrollo de la actividad *no podrá implicar degradación* en las
características del medio (emisión de ruidos, iluminación artificial,
generación de basuras....) (art. 2.1.c). No se podrá arrojar o depositar
ningún residuos o vertidos (art. 2.1. i)
8.- *Se podrá limitar* el número de pescadores según épocas en el dique
de contención Juan Carlos I, quedando en cualquier caso acotada la
capacidad por la disponibilidad de aparcamientos y cumplimiento de las
normas de circulación.
9.- El vehículo del pescador *sólo se podrá estacionar* en los
aparcamientos habilitados de la playa y Cabeza Alta. En el espigón se
*deberá cumplir* con la señalización y regulación establecida por la
Autoridad Portuaria.
*/_2.- Otros espacios naturales protegidos del litoral. Zonas Viables_/*
*Paraje Natural Marismas de Isla Cristina, Paraje Natural Marismas del
Río Piedras y Flecha del Rompido.*
*El ejercicio de la pesca debe realizarse cumpliendo las condiciones
generales de respeto por el medio, no generación de basuras, acceso
exclusivamente a zonas permitidas y prohibición de acampada.*(Ley 2/89
por la que se aprueba el Inventario de los Espacios Naturales de
Andalucía y se establecen mediadas adicionales para su protección)
En el* Paraje Natural Marismas de Isla Cristina, se pescará* en el tramo
del caño principal del río Carreras, comprendido entre su desembocadura
al final, entre los espigones de levante y poniente y el puente que une
el núcleo urbano de Isla Cristina con la barriada de Román Pérez.
En el *Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha del Rompido, se
pescará* en la orilla Sur de la flecha del Rompido, desde el límite del
Paraje Natural hasta la punta de la flecha. Así como en 50 metros a
ambos lados del camino del Lancón, en la margen izquierda del Río.
*Deberá llevar siempre la licencia de Pesca Marítima de Recreo,
mostrándola a los Agentes de la autoridad en caso necesario.*
El Director-Conservador.
Espero que os sirva de ayuda. Hasta pronto
REGULACIÓN PARA LA PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN LOS ESPACIOS NATURALES
PROTEGIDOS DEL LITORAL OCCIDENTAL ONUBENSE. ABRIL 2009.
/1.- Paraje Natural Marismas del Odiel./
La pesca deportiva se considera un uso lúdico compatible con la
conservación de los recursos que por su magnitud no supone una amenaza a
las especies. El ejercicio de la misma permite el disfrute del medio
compatible con la regulación normativa del espacio natural* . En
consecuencia se permite a los titulares de LICENCIA DE PESCA MARÍTIMA DE
RECREO en vigor, practicar la pesca deportiva en el interior del Paraje
Natural Marismas del Odiel,* _condicionado al cumplimientos de la
normativa básica del espacio natural establecida en el Decreto 169/1990
de 5 de junio, por el que se publica el Plan Rector de Uso y Gestión del
Paraje Natural Marismas del Odiel _
1.- El acceso a los lugares de pesca se realizará sólo por las *zonas
abiertas al público, respetando la señalización del Paraje Natural*
(art. 2.1.ñ), Autoridad Portuaria y Dirección General de Sostenibilidad
de la Costa y del Mar. (La carretera del espigón presenta dificultades
de tránsito y aparcamiento, y por tanto, deberán cumplirse estrictamente
las normas de circulación vial).
2.- El ejercicio de la pesca se *limita exclusivamente* a las zonas
marcadas como viables en la cartografía del Paraje Natural y siempre que
el acceso sea permitido.
3.- En el Paraje Natural Marismas del Odiel, *se pescará* desde el Dique
Juan Carlos I y playa del Dique (prevaleciendo el uso de bañistas), así
como en la Zona de Cabeza Alta y en el Puntal del Muelle de Tharsis,
excluyendo el muelle. Quedan excluidas igualmente las orillas del la Ría
del Odiel, situadas entre la isla de saltes y la última balsa de
Dragados, incluida la misma, por afecciones al Dominio Público
Portuario, (en esta zona se estará en lo dispuesto por la Autoridad
Portuaria).
En la zona de Cabeza Alta se desplazarán hasta la orilla de la Playa por
los senderos señalizados a tal efecto.
Se pescará siempre hacia el mar, *_nunca en las orillas de la laguna
interior que queda entre la carretera y el gancho arenoso_*_,_
debiéndose respetar las señalizaciones de zonas prohibidas.
4.- La pesca desde embarcación sólo se permite en la Ría de Punta Umbría
y Canal del Burro, asimismo *queda expresamente prohibida* en:
Canal del Chate, Cajavías, Canal de Calatilla-Bacuta, La Mojarrera, Las
Madres, Estero del Colmenar, Río de Aljaraque, en la desembocadura de
los caños de la Isla Saltés hacia la ría de Punta Umbría y el Manto, así
como, en la Laguna Litoral, entre la “Isla de los Pájaros” y “Cabeza Alta”.
5.- *Queda expresamente prohibida* la pesca en los puentes del Burro,
Calatilla, Corrales y del carril bici/peatonal que cruza sobre la unión
del Estero del Colmenar con el Río Aljaraque.
6.- *Se prohíbe* acampar o permanecer estacionado pernoctando con
caravanas dentro del espacio natural protegido (P. R. de Uso y Gestión y
Ley 2/89 por la que se aprueba el Inventario de los Espacios Naturales
de Andalucía y se establecen mediadas adicionales para su protección) y
Decreto 164/2003 de 16 de junio de ordenación de los campamentos de turismo.
7.- El desarrollo de la actividad *no podrá implicar degradación* en las
características del medio (emisión de ruidos, iluminación artificial,
generación de basuras....) (art. 2.1.c). No se podrá arrojar o depositar
ningún residuos o vertidos (art. 2.1. i)
8.- *Se podrá limitar* el número de pescadores según épocas en el dique
de contención Juan Carlos I, quedando en cualquier caso acotada la
capacidad por la disponibilidad de aparcamientos y cumplimiento de las
normas de circulación.
9.- El vehículo del pescador *sólo se podrá estacionar* en los
aparcamientos habilitados de la playa y Cabeza Alta. En el espigón se
*deberá cumplir* con la señalización y regulación establecida por la
Autoridad Portuaria.
*/_2.- Otros espacios naturales protegidos del litoral. Zonas Viables_/*
*Paraje Natural Marismas de Isla Cristina, Paraje Natural Marismas del
Río Piedras y Flecha del Rompido.*
*El ejercicio de la pesca debe realizarse cumpliendo las condiciones
generales de respeto por el medio, no generación de basuras, acceso
exclusivamente a zonas permitidas y prohibición de acampada.*(Ley 2/89
por la que se aprueba el Inventario de los Espacios Naturales de
Andalucía y se establecen mediadas adicionales para su protección)
En el* Paraje Natural Marismas de Isla Cristina, se pescará* en el tramo
del caño principal del río Carreras, comprendido entre su desembocadura
al final, entre los espigones de levante y poniente y el puente que une
el núcleo urbano de Isla Cristina con la barriada de Román Pérez.
En el *Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha del Rompido, se
pescará* en la orilla Sur de la flecha del Rompido, desde el límite del
Paraje Natural hasta la punta de la flecha. Así como en 50 metros a
ambos lados del camino del Lancón, en la margen izquierda del Río.
*Deberá llevar siempre la licencia de Pesca Marítima de Recreo,
mostrándola a los Agentes de la autoridad en caso necesario.*
El Director-Conservador.
Espero que os sirva de ayuda. Hasta pronto
Rosado- monster forero
- Cantidad de envíos : 2426
Fecha de inscripción : 13/04/2010
Edad : 59
Localización : Limbo
Vayamerluza lo último que sé es que se han dejado de expedir los permisos
depesca en zonas protegidas, ya no tienen validez nada más que las que ya lo estén y mientras dure su validez.Yo siempre las he tenido la de mi hijo y la mía pero ahora que he renovado la de pesca recreativa me han dicho eso en la junta
depesca en zonas protegidas, ya no tienen validez nada más que las que ya lo estén y mientras dure su validez.Yo siempre las he tenido la de mi hijo y la mía pero ahora que he renovado la de pesca recreativa me han dicho eso en la junta
Rosado- monster forero
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El día que medio ambiente se meta a fondo no va a dejar pescar para la ría
Invitado- Invitado
Pero José, el hecho de que no expidan los permisos no implica que dicha normativa no esté vigente, ya que la misma esta sujeta al Plan Rector de Uso y Gestión del Paraje Natural Marismas del Odiel.
Un saludo.
Un saludo.
Rosado- monster forero
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no sé ahora nada más del tema,lo preguntaré a un compañero pescador y a demás trabaja en agricultura y pesca.Por cierto me apuntó en su día que sólo iban a permitir una caña por pescador y licencia
Invitado- Invitado
Lo de pescar con una sola caña en el dique Juan Carlos I ya es oficial. Voy a ver si soy capaz de poner la página de la normativa donde viene; lo que pasa es que viene en PDF y nunca he colgado nada en ese formato.
espigonerototal- novato
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Fecha de inscripción : 28/03/2010
Me veo que al final solo se pesque con tiraillo con 3 gramos de ploma. Un saludo a tod@s.
Invitado- Invitado
lo que tienen que hacer es darles mas cañas a los trasmalleros etc.. y no a los 3 pobrecitos que vamos a quitarnos en mono.
Invitado- Invitado
Ellos no se complican la vida,...van a lo fácil.
Invitado- Invitado
el miercoles pasado me echo del embalse el seprona,diciendo que era un aviso para otra vez me denunciaria
yamoha- monster forero
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Localización : Sevilla
Suerte tuviste, ultimamente estan recaudando bastante con esto de la crisis.
un saludo
un saludo
Rosado- monster forero
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Edad : 59
Localización : Limbo
Eso es preparando el terreno para el verano si no ya lo veremos...de todas formas ya llevamos tiempo avisando del tema de las balsas.Flechi escribió:el miercoles pasado me echo del embalse el seprona,diciendo que era un aviso para otra vez me denunciaria
Rubén FR- super mega fisherman
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Edad : 36
Localización : Granada-Huelva
ye hecharon pescando en las balsas o pescando desde el borde de las balsas a la ria?
yamoha- monster forero
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Fecha de inscripción : 19/10/2010
Edad : 41
Localización : Sevilla
Supongo que sera desde el borde de la balsa a la ria, ya que la nueva normativa lo prohibe, prohibe la accion de pesca en dicha zona tanto hacia la ria como a la balsa.
Un saludo
Un saludo
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